Ciudad de México, 26 de junio 2015 (Círculo Digital).- El Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales con residencia en Tijuana resolvió sobreseer un amparo promovido contra la homologación del IVA en la franja fronteriza, debido a que no se acreditó el interés jurídico ni la afectación directa.
Ello al resolver el juicio de amparo 117/2014, promovido por más de 58 mil 181 personas inconformes, en contra de la constitucionalidad del decreto por el cual se homologa del 11 al 16 por ciento el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en la franja fronteriza.
La autoridad jurisdiccional señaló que el 24 de junio resolvió sobreseer dicho amparo, “por haberse señalado al secretario de Gobernación y al director del Diario Oficial de la Federación sin precisarse, vía agravio, vicios propios en el proceso legislativo”.
También debido a que los solicitantes de amparo no acreditaron ser sujetos pasivos del impuesto reclamado, “que éste se les hubiese trasladado como venta final o bien, ser residentes permanentes en esta ciudad”, puntualizó.
En su resolución, el juez federal indicó que no se advirtió que la parte quejosa “le atribuyera vicios propios en el refrendo y publicación del decreto impugnado al secretario de Gobernación y al director del Diario Oficial de la Federación”, medio que público el decreto.
Esta situación hace “legamente improcedente el juicio de amparo al tenor del Artículo 61”, detalló en su fallo el Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en un comunicado.
Dijo que respecto de los actos atribuidos al Congreso de la Unión y al Presidente de la República sobre a la derogación de los artículos 2 y 5 de la Ley del IVA el juicio de amparo también se consideró improcedente.
Ello debido a que los quejosos no acreditaron “su interés jurídico, es decir, la existencia y titularidad de un derecho protegido por la ley y el resentimiento de un agravio, perjuicio, menoscabo u ofensa en ese derecho, proveniente de un acto de autoridad”. (Notimex)