
Personas cuidadoras, enfoque electoral por David Alejandro Delgado Arroyo
Enfoque Electoral
Personas Cuidadoras.
David Alejandro Delgado Arroyo.
El pasado 30 de enero, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó los lineamientos del Concurso Público para el ingreso a cargos y puestos del Servicio Profesional Electoral Nacional del Instituto Nacional Electoral (próximamente se publicará la Convocatoria), y la discusión central del punto se centró en el tema de las Personas Cuidadoras.
En un origen, la medida de inclusión se proponía para las Mujeres Cuidadoras, pero se modificó hacia Personas Cuidadoras, en un importante reconocimiento de que no solo hay mujeres que llegan a tener esta función adicional a sus vidas laborales, sino también hombres. Pasar de Mujeres Cuidadoras a Personas Cuidadoras es enaltecer la igualdad.
Dice el Acuerdo del Consejo General del INE: “Esta medida encuentra sustento en la Encuesta Nacional para el Sistema de Cuidados 2022 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en México se estima que 58.3 millones de personas son susceptibles de recibir cuidados en el hogar, y que 31.7 millones de personas de 15 años y más brindaron cuidados a integrantes de su hogar o de otros hogares, de las cuales el 75.1% fueron mujeres y 24.9% hombres. La encuesta señala que las mujeres cuidadoras dedicaron, en promedio 38.9 horas semanales a labores de cuidado, mientras que los hombres dedicaron 30.6 horas semanales”.
Así que dentro de los lineamientos del Concurso Público se señala que “Las personas cuidadoras adscritas al INE que enfrentan jornadas extendidas de trabajo dispondrán, de lunes a viernes, de sesenta minutos diarios de su jornada laboral para la preparación del examen de conocimientos”
Adicionalmente es valioso en el acuerdo la definición de Persona o Personas cuidadoras: “Persona que realiza actividades de cuidados para beneficio de otras personas del hogar o de otros hogares. Lo anterior puede ser porque lo necesiten por su edad, condición de salud, discapacidad o dependencia. Asimismo, se puede tratar de infantes, niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad física o mental, o personas con alguna enfermedad temporal. Se considerará a persona o personas cuidadoras que por la labor de cuidados descrita cuenten con un tiempo menor para preparar su examen de conocimientos”.
Ya en otros procedimientos como en el caso del voto a domicilio de personas que tienen problemas de movilidad, las personas cuidadoras también pueden votar.
Este reconocimiento a este trabajo tan valioso en una familia y en general, para la sociedad, es un aporte significativo del Instituto Nacional Electoral.
De manera personal pienso en mi hermano que tuvo que sacrificar su desarrollo profesional, para convertirse en persona cuidadora del cáncer de nuestra mamá y luego en persona cuidadora de las consecuencias de largo plazo de un accidente de papá. Hasta sus respectivos fallecimientos. Somos tres hermanos, no había mujeres, así que mi hermano tiene todo mi reconocimiento.
Por eso me dio mucho gusto el giro de Mujeres Cuidadoras a Personas Cuidadoras, bien por el Consejo General del INE.


