Columnas

Financiamiento para los partidos en 2024 (primera parte)

Yurisha Andrade Morales*

El artículo 41 de nuestra Constitución, en su párrafo tercero, Base I, establece que los partidos políticos son entidades de interés público y que la Ley determinará las formas específicas de su intervención en los procesos electorales, así como sus derechos y obligaciones. En lo correspondiente a sus prerrogativas la Base II prevé que la ley debe garantizar que los partidos cuenten, de manera equitativa, con elementos para llevar a cabo sus actividades, debiéndose establecer las reglas a las que se sujetará el financiamiento para sus actividades ordinarias y sus campañas, garantizando que los recursos públicos prevalezcan sobre los privados.

La propia Carta Magna señala que “El financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes se fijará anualmente, multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral por el sesenta y cinco por ciento del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. El treinta por ciento de la cantidad que resulte de acuerdo con lo señalado anteriormente, se distribuirá entre los partidos políticos en forma igualitaria y el setenta por ciento restantes de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieren obtenido en la elección de diputados inmediata anterior”.

Adicionalmente, se incluyen otras reglas que señalan que, para cubrir los costos de sus campañas, en años en los que haya elecciones presidenciales, se les asignará un cincuenta por ciento adicional del monto del financiamiento ordinario, mientras que en años de elecciones donde solo se elijan diputaciones, se asignará un treinta por ciento adicional, también del monto del financiamiento ordinario; para actividades específicas, relativas a la educación, capacitación, investigación socioeconómica y política, así como a las tareas editoriales, equivaldrá al tres por ciento del monto total del financiamiento público que corresponda en cada año por actividades ordinarias.

De conformidad con estas reglas, el viernes de la semana pasada, el Instituto Nacional Electoral aprobó el financiamiento público de los partidos políticos durante el ejercicio fiscal 2024, por un monto de 10 mil 444 millones 157 mil 311 pesos; de los cuales, el financiamiento ordinario permanente, los gastos de campaña, las actividades específicas, las franquicias postales y las franquicias telegráficas implican un monto de 10 mil 378 millones 059 mil 439 pesos; mientras que el financiamiento público para posibles gastos de campaña de candidaturas independientes ascendería a 66 millones 097 mil 872 pesos.

Como sabemos, el cálculo de los montos del financiamiento público a distribuir entre los partidos políticos nacionales proviene de una fórmula establecida en la Constitución y en la ley y, por lo tanto, la autoridad electoral solo la aplica y canaliza las cantidades que resulten a la cámara de diputados, instancia que solo la aprueba como parte del decreto de egresos de la federación sin modificaciones.

La deliberación pública sobre este tema ha sido recurrente. Un grupo amplio de analistas y de medios de comunicación señalan que los recursos públicos destinados a los partidos políticos son excesivos, que se requiere ajustar las cantidades y establecer mecanismos que garanticen mayor transparencia sobre su utilización, lo cual no ha ocurrido, habida cuenta de que los actores políticos no lograron los consensos necesarios para arribar a una reforma electoral que revisara, entre otros temas, el costo de las elecciones y de los partidos políticos, con criterios de racionalidad y objetividad.

En mi opinión, es factible un ajuste al monto del financiamiento público de los partidos, en una fórmula que no vaya a los extremos; es decir, que no cancele el financiamiento con recursos públicos al cien por ciento, asignando equitativamente cantidades que permitan el cumplimiento de sus funciones y, al mismo tiempo, evite excesos que lastimen al erario. Considero necesario fortalecer la rendición de cuentas y realizar un control con observación ciudadana de los gastos partidarios, todo lo cual redundará en el fortalecimiento de nuestra democracia.    

*Magistrada del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán

@YurishaAndrade

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